AyA define ruta para realizar modificación a facturación de mayo

AyA define ruta para realizar modificación a facturación de mayo

Institución establece procedimiento en apego a resolución de ARESEP emitida este mismo día.

Se promediarán consumos de marzo, abril y mayo, eso disminuirá la factura al evitar que usuarios se vean afectados por aplicación de estructura escalonada de precios e IVA.

Diferencias a favor de usuarios que ya pagaron serán reconocidas en el próximo recibo y/o se podrá pedir el reintegro mediante algún mecanismo financiero.

Montos por consumos reales de marzo y abril (que habían sido estimados) se cobrarán distribuidos en facturas de julio a diciembre.

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) presentó este miércoles 24 de junio la ruta para realizar las modificaciones a la facturación del mes de mayo, cuando se presentó una alta facturación al 7% de los usuarios (42.000). Esta incluye el procedimiento que aplicaría para el reintegro de los saldos a favor de los abonados cuando corresponda y la forma que emplearía para el cobro de los consumos reales de marzo y abril.

Con este plan de acciones la institución responde el mismo día a la Resolución RE-0001-IA-2020 emitida por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) de este 24 de junio para que los operadores regulados ajusten los casos en que se presentaron altas facturaciones.

El Gerente General del AyA, Manuel Salas Pereira, dijo que la institución confía en que el plan presentado resolverá de forma justa los inconvenientes producidos con la facturación en el mes de mayo. Salas agregó que a ningún usuario se le cobrará ni un colón más de lo que debió pagar y que a quienes ya cancelaron se les reconocerá lo pagado de más.

La revisión se hará de forma automática a todos los recibos y la modificación se reflejará en las facturas de los próximos meses, por lo que no es necesario presentar la solicitud, acudir a las agencias del AyA, ni solicitar la devolución del IVA ante el Ministerio de Hacienda.

Antecedente

Tras haber tomado la decisión en marzo de suspender las lecturas de los medidores debido a la pandemia que enfrenta el país, para proteger tanto a los usuarios como a los funcionarios que realizan esa labor (en concordancia con la Directriz N°073-S-MTSS), la institución estimó el consumo de marzo y abril con el promedio histórico de cada usuario; al retomar la lectura en mayo, esta evidenció el consumo real desde la última lectura.

Sin embargo, muchos hogares aumentaron su uso del agua por encima del promedio histórico que se utilizó para facturar marzo y abril, debido al cierre de centros educativos, el teletrabajo, las medidas de higiene frente al covid-19 y los efectos de la época seca.

El problema que generó altas facturaciones en el 7% de los recibos se debió a que la lectura de mayo reflejó el consumo real acumulado y que no se había facturado en su totalidad en abril y marzo, periodo en que se empleó la estimación. En consecuencia, se aplicaba una tarifa mayor (la tarifa autorizada por ARESEP es escalonada, donde a mayor consumo mayor precio) y en algunos casos el IVA.

Solución

La solución definida por el AyA contempla modificaciones en las facturas de mayo, cuando se acumularon parte de los consumos reales de agua de dos meses previos, y en los consumos de marzo y abril, cuando en la mayoría de los casos se facturó menos agua de lo que se utilizó.

La nueva facturación se calculará restando la lectura real correspondiente a mayo menos la anterior lectura real (febrero). Ese resultado se promediará entre los tres meses (marzo, abril y mayo) y se establecerá un consumo para cada uno (ver caso de ejemplo en documento adjunto).

En primer lugar, esta acción permitirá, en la mayoría de los casos, que la factura de mayo de los usuarios no se vea afectada por la escala tarifaria (progresiva), por lo que los montos no se verían incrementados. Tampoco se aplicaría el IVA cuando no se excedan los 30 m3 tras la modificación.

En el caso de los consumos de marzo y abril (que tendieron a ser menores a lo utilizado realmente), se aplicarán los cobros de lo que resta de forma diferida entre julio y diciembre de 2020, sin realizar cargos adicionales. Esto aplicaría tanto para quienes ya cancelaron como aquellos que aún no lo hayan hecho.

Saldos a favor

La diferencia del monto total de la factura de mayo menos el monto corregido se reflejará mediante una “nota de crédito” (monto a favor del usuario), en los casos que corresponda.

Quienes no hayan cancelado aún verán reflejada una nota de crédito por el monto a reconocerse en la factura de mayo. Se aclara que no se cobrará ninguna multa por el “atraso” en el pago de esta factura.

“A solicitud del usuario se podrá aplicar un arreglo de pago por los montos de los meses de marzo, abril y otras facturaciones que estén pendientes de cancelar. Recordemos que hay personas que deben las facturas de marzo, abril y mayo, o incluso meses anteriores”, apuntó Salas.

En el caso de los recibos que ya fueron cancelados, el monto de la nota de crédito se aplicará de oficio a las facturas al siguiente periodo. Si queda un monto sobrante a favor del usuario, éste podrá solicitar el trámite de devolución de dinero, si así corresponde. 

Ante las dudas que puedan persistir cuando se efectúen las modificaciones, los usuarios tienen a disposición el correo linea800@aya.go.cr y la línea telefónica 800-Reporte (800-7376783).

Teléfono: 800 REPORTE | Linea800@aya.go.cr | WhatsApp: 8376 5103.

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