Ante el asesinato de Luany Valeria Salazar Zamora, la Defensoría de los Habitantes alza la voz ante las muertes de mujeres en manos de sus compañeros, parejas y reitera una vez más, la necesidad que el femicidio sea reconocido como un asunto de seguridad humana.
Según datos del Observatorio de Género del Poder Judicial[1], al 13 de mayo del 2020, se reportaban 24 muertes de mujeres, registrándose 5 femicidios, que es la manifestación más extrema de la violencia contra las mujeres.
Hoy sumamos lamentablemente una muerte más, una mujer menos; su familia y las mujeres tienen derecho a una respuesta integral del Estado, como lo establece las obligaciones internacionales derivadas de la Convención de Belem do Pará; como lo ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se debe cumplir con la debida diligencia en casos de violencia contra las mujeres, y particularmente apunta que: “… surge un deber de debida diligencia estricta frente a denuncias de desaparición de mujeres, respecto a su búsqueda durante las primeras horas y los primeros días. Esta obligación de medio, al ser más estricta, exige la realización exhaustiva de actividades de búsqueda. En particular, es imprescindible la actuación pronta e inmediata de las autoridades policiales, fiscales y judiciales ordenando medidas oportunas y necesarias dirigidas a la determinación del paradero de las víctimas o el lugar donde puedan encontrarse privadas de libertad. Deben existir procedimientos adecuados para las denuncias y que éstas conlleven una investigación efectiva desde las primeras horas”[2]
La muerte de una mujer
constituye una violación flagrante a los derechos humanos, afecta a todas
las personas, por ello la Defensoría de
los Habitantes insta a fortalecer los mecanismos de reacción, protección y una
lucha constante contra la impunidad de esas muertes. También se requieren
medidas orientadas hacia la prevención, de modo que ante el primer signo de
violencia, la víctima logre acceder a una ruta de atención y protección.
[1] https://observatoriodegenero.poder-judicial.go.cr/soy-especialista-y-busco/estadisticas/femicidio/
[2] Caso González y otras (“Campo Algodonero”) Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 16 de noviembre de 2009.