Contabilidad a su Alcance
Por: Licda.Yendri Berrocal Urbina
En Costa Rica la entidad reguladora en temas tributarios es el Ministerio de Hacienda, esta entidad clasifica a sus contribuyentes en diferentes estados tributarios, que le permite tener un mejor control y así poder dictaminar las diferentes regulaciones según su clasificación.
El estado tributario dictamina cuáles deberes se deben de cumplir o qué deberes no se están cumpliendo, si una actividad económica inscrita ante el Ministerio de Hacienda está cumpliendo las obligaciones tributarias que le corresponden o si se está exponiendo a multas.
Y es aquí donde podemos plantear la siguiente interrogante; ¿Qué estado tributario no me conviene?
Estado de Omiso
El estado de omiso hace referencia a los obligados que se encuentren en estado inscrito o que en dicho momento estuvieron inscritos y que por alguna razón omitan presentar las declaraciones en tiempo y forma correspondiente, por lo que podrán ser sancionados con una multa.
Estado Moroso
El estado de Moroso hace referencia a los obligados ya sean personas físicas o jurídicas que se encuentren en estado inscrito o que en dicho momento estuvieron inscritos y que no han cumplido a tiempo sus obligaciones de pago al presentar las declaraciones respectivas, por lo que podrán ser sancionados con una multa o llegar al cobro judicial.
Este conocimiento resulta fundamental para la planificación financiera personal y empresarial, así como para la correcta gestión de recursos y la toma de decisiones estratégicas. Además, permite evitar posibles inconvenientes legales y sanciones que podrían surgir por el desconocimiento de las regulaciones tributarias y fiscales.
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