Tras casi tres meses, luego de que, el Diputado José María Villalta, presentara un recurso de amparo a la Sala IV contra Hacienda, por no facilitarle la lista con el nombre de las entidades que se acogerán a la amnistía tributaria incluída en el Plan Fiscal (Ley 20580), esta sala falló a favor del diputado.
El día de ayer la Sala Constitucional ordenó a Hacienda revelar, en un plazo de 10 días, la identidad de las empresas morosas que podrían aplicar a la referida figura de amnistía tributaria. Así fue decidido de forma unánime mediante sentencia 2019-2122 del 8 de febrero anterior.
La amnistía tributaria estipulada dentro de la ley aprobada en meses recientes, permite a Hacienda perdonar, a las entidades morosas, los intereses y multas generados por el no pago a tiempo de sus compromisos tributarios con la Dirección General de Tributación, el INDER (incluye también las pendientes de cuando esta misma institución era el IDA), Dirección General de Aduanas, Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, y el IMAS.
En su sentencia, la Sala IV señaló una vez más que la legislación costarricense establece claramente que el “secreto tributario” se aplica sobre la información que la administración tributaria recibe de los contribuyentes a través de declaraciones; no a la información que la propia administración elabora y sistematiza respecto a las obligaciones de los contribuyentes.