Los Magistrados que conforman el Tribunal Supremo de Elecciones, rechazaron la solicitud presentada por un ciudadano, que convocaría a un plebiscito para revocar el mandato del presidente Carlos Alvarado, y de su gabinete, esto de acuerdo a la resolución 8360-E7-2018.
Ricardo Morales Rojas se apersonó este 27 de noviembre ante el TSE para interponer su solicitud, en la cual pedía «el respectivo proceso de Declaratoria de Personas No Gratas de Carlos Alvarado Quesada y de sus ministros de Gobierno”, y que se diera “inicio al proceso denominado Plebiscito, para que el pueblo de Costa Rica, tome la desición, atravez de votos, de destituir del cargo” al presidente y su gabinete.
Al respecto, un cuerpo de tres magistrados, presididos por Luis Antonio Sobrado, le recordó al ciudadano puntarenense, que, en la legislación costarricense no está normado ningún mecanismo de consulta popular para destitutir del mandato a quien ejerza la Presidencia de la República; y que el plebiscito se contempla únicamente para la destitución de alcaldías. Además, se le indicó a Morales que los puestos ministeriales no son competencia del TSE, dado que no corresponden a cargos de elección popular; ya que estos son electos propiamente por el Jefe de Estado.
Por otro lado, se denegó la solicitud de declaración de Carlos Alvarado como persona no grata, debido a que se trata de un proceso que escapa de la jurisprudencia pertinente al TSE.